Plan Básico de Salud (PDSS)
La Ley 87-01, que instituye el Sistema Dominicano de Seguridad Social, otorga a todos los ciudadanos y ciudadanas los derechos que garantizan su asistencia en salud y una vida digna, como corresponde a la persona humana.
Los afiliados al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo tiene, entre otros derechos principales:
Derecho a ser afiliado a una ARS sin importar condición social, sexo, salud y edad.
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Derecho a afiliar al cónyuge, hijos e hijastros menores de 18 años, hasta 21 años si estudian, y de por vida si son discapacitados.
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Derecho a afiliar a los padres, suegros e hijos mayores de 21 años, solteros, si son dependientes económicos, pagando cuota correspondiente a su afiliación.
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Derecho a cambiar ARS una ves por año.
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Cobertura de Servicios de Salud
Derecho a recibir atenciones de emergencia y
de parto, inmediatamente se afilia a una ARS.
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Derecho a recibir todas las presentaciones del Plan de Servicios de Salud (PDSS) a partir de los 30 días de la afiliación.
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Este incluye las siguientes prestaciones
Emergencias
Cobertura de Cirugías
Hospitalización
Consultas Ambulatorias
Cobertura de Parto
Prevención
& Promoción (PYP)
PDSS ARS Yunen, tu aliado en el cuidado de tu salud
Un plan que les provee asistencia médica fundamental y oportuna a los individuos y familias que son beneficiarios del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Fortalecido con una amplia red de Prestadores de Servicios de Salud con el respaldo de una ARS fundada por médicos, que pone siempre al afiliado en el centro de las decisiones, para cuidar de su salud y tranquilidad.
¿A quiénes puedes incluir en tu Plan Básico de Salud (PDSS)?
Dependientes Directos
Esposo(a), hijos e hijastros
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Dependientes Adicionales
Padres, suegros(as)
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¿Qué necesitas para incluir dependientes a tu PDSS?
Requisitos para su inclusión
Copia de Cédula del titular & dependiente
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Acta de nacimiento del dependiente con NUI
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Certificación de estudio (Este proceso se debe agotar desde que cumple 18 años y será incluido hasta los 21 años)*
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Copia de Acta de Matrimonio y/o Unión Libre**
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* Inclusión dependientes hijos y/o hijastros hasta 21 años. Siempre y cuando sean estudiantes. Pasada esa edad, pueden ser incluidos como Dependientes Adicionales asumiendo el costo del percapita correspondiente.
** En caso de no estar casado(a) por la Ley, deberá presentar un Acta de Convivencia o Unión Libre firmada y sellada por un abogado notario de su elección. Si no dispone de este documento, puede descargar nuestro formulario de Declaración de Unión Libre, completarlo a mano únicamente en tinta azul y enviarlo a afiliaciones@grupoyunen.com para notarizarlo por usted.
Cuadro de Cobertura PDSS
SISALRIL 2023
Cuadro Comparativo Planes Complementarios
Planes Colectivos