Mas de lo que puedes imaginar en un plan de salud.


Llegamos a lo más alto con un plan que Excede lo disponible en el mercado, 10 veces mayor cobertura.

BENEFICIOS

  • Reembolso De Ambulancia Terrestre.
  • Planes De Aero Ambulancia.
  • Reembolsos De Vacunas.
  • Cobertura De Emergencia En Centros No Afiliados.
  • Opción De Reembolsos Para Consultas De Psicólogos Y Psiquiatras.
  • Cobertura De Servicios Odontológicos Y Oftalmológicos.
  • Cobertura En Aparatos, Protesis Y Rehabilitación.
  • Cobertura En Procedimientos No Cubiertos En El Pdss.

Cobertura extraordinaria dentro de tu plan de servicio de salud


Más cobertura en habitación, cobertura en cesárea ampliada, reembolsos en consultas psicológicas y psiquiatras, cobertura de emergencia en centros no afiliados, reembolso de vacunas, terapias físicas ilimitadas, reembolsos de ambulancia terrestre, coberturas en planes de Aero ambulancia y oftalmología.

BENEFICIOS

  • Reembolso De Ambulancia Terrestre.
  • Planes De Aero Ambulancia.
  • Reembolsos De Vacunas.
  • Cobertura De Emergencia En Centros No Afiliados.
  • Opción De Reembolsos Para Consultas De Psicólogos Y Psiquiatras.
  • Cobertura De Servicios Odontológicos Y Oftalmológicos.
  • Cobertura En Aparatos, Protesis Y Rehabilitación.
  • Cobertura En Procedimientos No Cubiertos En El Pdss.
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Doble seguridad en un plan de servicio de salud.

Más cobertura en habitación, cobertura en Cesárea ampliada, reembolsos en consultas Psicológicas y Psiquiatras, cobertura de emergencia en centros no afiliados, reembolsos de vacunas, terapias físicas ilimitadas, reembolsos de ambulancia terrestre, coberturas en planes de aeroambulacia y oftalmología

BENEFICIOS

  • Reembolso De Ambulancia Terrestre.
  • Planes De Aero Ambulancia.
  • Reembolsos De Vacunas.
  • Cobertura De Emergencia En Centros No Afiliados.
  • Opción De Reembolsos Para Consultas De Psicólogos Y Psiquiatras.

Más tranquilidad en un plan de servicio de salud.

Más cobertura en habitación, cobertura en cesárea ampliada, reembolsos en consultas psicológicas y psiquiatras, cobertura de emergencia en centros no afiliados, reembolso de vacunas, terapias físicas ilimitadas, reembolsos de ambulancia terrestre, planes de aeroambulacia.

BENEFICIOS

  • Reembolso De Ambulancia Terrestre.
  • Planes De Aero Ambulancia.
  • Reembolsos De Vacunas.
  • Cobertura De Emergencia En Centros No Afiliados.
  • Opción De Reembolsos Para Consultas De Psicólogos Y Psiquiatras.

Un plan que les provee asistencia médica fundamental y efectiva a los individuos y familias que son beneficiarios del Sistema Dominicano de Seguridad Social. Fortalecido con una amplia red de Prestadores de Servicios de Salud.

BENEFICIOS

  • Cobertura De Terapias Físicas Sin Limite.
  • Reembolso De Consultas Médicas Fuera De La Red.

¿Por qué ARS YUNEN?

  • Amplia Red De Prestadores De Salud.
  • Servicio Al Clientes 24/7 A Través De Fonoexpress.
  • Sin Restricción De Edad.
  • Para Todo individuo registrado en la TSS.
  • Consulta Online De Red De Prestadores.
  • Programa De Fidelidad.
  • Programa De Prevención Y Promoción.

Exclusiones y Limitaciones.

A) Cirugía estética con fines de embellecimiento.

B) Tratamientos nutricionales con fines estéticos.

C) Tratamiento para la infertilidad.

D) Tratamientos no reconocidos por las asociaciones médico científicas en
el ámbito mundial o aquellas de carácter experimental.

E) Tratamientos o curas de reposo o del sueño.

F) Corsés, fajas, sillas de ruedas, prótesis electrónicas o electromecánicas,
plantillas, zapatos ortopédicos y lentes de contacto. Se autoriza el suministro
de lentes para anteojos una vez cada dos años en los niños, para a corrección
de efectos de refracción que disminuyan la capacidad de visión, siempre que
por razones médicas sea necesario sus cambio en razón de la modificación
del defecto padecido. Salvo las medias elásticas usadas en acros quirúrgicos y
en el período de recuperación post quirúrgico y la ropa de presión para el
tratamiento de las quemaduras en las condiciones que se disponen en el
catálogo de prestaciones y de acuerdo a la gradualidad y al equilibrio
financiero del sistema.

G) Médicamentos o sustancias que no se encuentren expresamente
autorizados en el Manual de Médicamentos y Terapéutica.

H) Tratamiento con Médicamentos o sustancias experimentales para
cualquier tipo de enfermedad.

I) Trasplante de órganos. Salvo el trasplante renal, de médula, ósea y
córnea. Su realización estará sujeta a las condiciones de elegibilidad y
demás requisitos establecidos en las respectivas guías de Atención
Integral.

J) Tratamientos de prótesis, ortodoncia, endodoncia, periodoncia,
cirugías y operatorias en la atención odontológica.

K) Tratamiento de várices con fines estéticos.

L) Actividades, procedimientos e intervenciones de tipo curativo para las
enfermedades crónicas, degenerativas, carcinomatosis, traumáticas o de cualquier índole en su fase terminal, o cuando para ellas no existan posibilidades de recuperación. Podrá brindarse soporte psicológico, terapia paliativa para el dolor, la disfuncionalidad y la incomodidad o terapia de mantenimiento. Todas las actividades, intervenciones y procedimiento deben estar contemplados en las respectivas Guías de Atención Integral.
M) Actividades, procedimientos e intervenciones de carácter educativo,
instruccional o de capacitación que se lleven a cabo durante el proceso de
rehabilitación, distintos a aquellos necesarios estrictamente para el manjeo
médico de la enfermedad y sus secuelas.

N) Médicametnos antirretrovirales, salvo en los casos de prevención de
transmisión vertical madre recién nacido. El manejo de los Médicamentos
antirretrovirales corresponden a COPRESIDA y a la SESPAS, ya que la
primera constituye la más alta instancia del Estado, con carácter
permanente, en los asuntos de VIH SIDA y la segunda tiene la
responsabilidad del control y manejo de las epidemias.

O) Tratamientos médicos en el exterior of uera de las fronteras del país.

P) Actividades, intervenciones y procedimientos no autorizados expresamente en el respectivo, catálogo, de actividades, intervenciones y procedimientos.

 

*Reglamento sobre Seguro Familiar de Salud y Plan Básico de Salud, Artículo 17.

*Según Ley 87-01